Corte Federal de EU mantiene prohibición para importar el Apple Watch.
La controversia iniciada desde el año 2020 por Masimo Corporation, una empresa de tecnología sanitaria y electrónica con sede en Irvine, California, en contra de Apple Inc., ha tomado un nuevo giro ya que recientemente una Corte Federal de Apelación en Estados Unidos negó la petición de Apple para suspender la prohibición de importaciones en los modelos más recientes de Apple Watch de la multinacional estadounidense.
Recapitulando en la historia que ha tenido esta batalla legal, debo apuntar que Masimo desde hace algunos años acusó a Apple de contratar a sus exempleados para robar su tecnología protegida por patentes y sus secretos industriales para incorporarlos en funciones de monitoreo de sus Apple Watch, tales como el oxímetro de pulso, infringiendo así sus derechos de propiedad industrial.
Por su parte, Apple se ha defendido negando las acusaciones de Masimo, argumentando que la contienda judicial iniciada por la empresa tecnológica sanitaria y electrónica tiene el único objetivo de abrirse paso a sí misma y a su producto, a costa de aquellos de la transnacional, e incluso ha revirado a través de un par de reconvenciones sustentadas igualmente en una infracción de patentes.
Sin embargo, la suspensión solicitada por Apple a la prohibición de importación de sus productos no ha tenido éxito, por lo que se restablecerá nuevamente y se mantendrá durante todo el tiempo que dure la apelación promovida en contra de la decisión emitida por la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos, que determinó que Apple sí infringió las patentes de Masimo y que prohíbe a la transnacional importar sus relojes inteligentes que incluyen la tecnología de monitoreo de oxígeno en sangre, tales como el Apple Watch Series 9 y el Apple Watch Ultra 2, entre otros modelos recientes de la línea.
El fallo emitido por la Corte Federal de Apelación en Estados Unidos pone en evidencia que sin lugar a dudas el sistema judicial norteamericano es sólido y que su propósito es la protección de la propiedad industrial, no importando si es al servicio de una transnacional que pone todos sus recursos y medios disponibles para este efecto o si es al servicio de un agente de pequeña o mediana participación, como en el caso de Masimo Corporation, aunque todavía no hay una decisión definitiva sobre quién resultará vencedor.
A lo anterior se le debe sumar que este tipo de determinaciones, además de favorecer el sistema de patentes estadounidense y los medios que se tienen al alcance para defender presuntas infracciones, también brindan protección al consumidor final ya que las personas pueden estar seguras y confiar en los productos que adquieren, como en el caso en concreto, los productos que integran tecnología de oximetría de pulso.
Lo cierto es que esta contienda no ha llegado a su fin y puede estar lejos de hacerlo; sin embargo, no debemos perder de vista que este tipo de enfrentamientos, sin importar el resultado, favorecen el perfeccionamiento del sistema de propiedad industrial en el país en el que se desarrollan y permean a las demás jurisdicciones, además de que dejan ver que las conductas presuntamente indebidas de una entidad dominante en el sector sí pueden ser sancionadas, aunque la determinación final estará en manos de las Cortes estadounidenses.
Finalmente, no todo está perdido para Apple ni para los amantes de sus relojes inteligentes ya que la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos ha permitido la importación de versiones rediseñadas de los Apple Watch más recientes que no integran la función de oximetría en pulso.
En ese sentido, cuando se pretenda implementar cualquier tecnología que no se encuentre protegida en un producto, como en el caso de los relojes inteligentes, considero fundamental el acompañamiento profesional que se puede brindar para en primer lugar, buscar evitar este tipo de conflictos a través de opiniones de libertad de uso e incluso ya habiendo recibido algún reclamo argumentando una infracción, a través de estrategias alternativas para solucionar el conflicto, como una negociación extrajudicial de manera amistosa.
Por otro lado, en caso de tener la presunción de la infracción a una invención que sí se encuentra protegida, resulta de gran trascendencia buscar asesoramiento técnico y jurídico para hacer valer los derechos sobre la misma, desde la imposición de medidas provisionales para, por ejemplo, detener la venta del producto infractor, hasta el trámite y seguimiento de una solicitud de declaración administrativa de infracción ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, e incluso el reclamo de daños y perjuicios.
Autor: Luis Emilio Moncada, Abogado
Becerril, Coca & Becerril.
Refs.:
1. https://edition.cnn.com/2024/01/17/tech/apple-watch-ban/index.html
2. https://edition.cnn.com/2023/12/18/tech/apple-halt-sales-apple-watches/index.html
4. https://www.macrumors.com/2020/01/09/apple-masimo-apple-watch-lawsuit/
7. https://cnnespanol.cnn.com/2023/12/26/apple-no-vende-nuevo-watch-trax/
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